martes, 22 de noviembre de 2016

CASO ISAÍAS: MANDATO 13 FUE UN TIRO EN EL PIE

EL DICTAMEN EMITIDO POR EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS, CON SEDE EN GINEBRA, REVIVE EL CASO DE LOS HERMANOS ISAÍAS, QUE PUEDEN CONTAR CON UN PUNTO A SU FAVOR: ESTE ORGANISMO RECONOCIÓ QUE SE VULNERARON LOS DERECHOS DE DEFENSA DE LOS EX BANQUEROS CON LA APROBACIÓN DEL MANDATO 13 DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE MONTECRISTI, QUE BLINDÓ LA INCAUTACIÓN DE BIENES POR MÁS DE 600 MILLONES, EJECUTADA POR EL GOBIERNO DE CORREA. 

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Han pasado 18 años y el caso Filanbanco sigue generando resoluciones, ahora a nivel internacional. Roberto Isaías fue uno de los demandantes ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU. 

El 9 de julio de 2008, menos de 24 horas después de que la Agencia de Garantía de Depósitos ejecutó la incautación más grande de bienes que se recuerde en Ecuador –por más de 600 millones de dólares- la Asamblea Constituyente de Montecristi, con mayoría del gobierno de Rafael Correa, decidió blindar este acto administrativo de una forma que tampoco tenía precedentes en el país: mediante un Mandato Constituyente, que por orden cronológico le tocó ser el número 13.  El mandato prohibía que cualquier juez en el país de trámite a cualquier recurso que presenten los dueños de los bienes, bajo pena de destitución.

Los bienes eran propiedad de los hermanos Isaías, ex propietarios del cerrado Filanbanco. Y en curso estaba aún el juicio penal en su contra por peculado bancario en la Corte Suprema de Justicia. No había sentencia en firme. Aun así, las incautaciones se dieron pese a oposiciones internas dentro del mismo gobierno. Tres gerentes de la AGD fueron cambiados en poco más de un mes: Oswaldo Padilla, Dolores Herbozo y Marcel Romero. El ministro de Finanzas de ese momento, Fausto Ortiz, prefirió irse antes que avalar esta decisión, discutida mientras se transmitía el partido de fútbol que le dio a la Liga de Quito su primera Copa Libertadores y que era observado por altos funcionarios en Carondelet. Ese día, con la alegría del triunfo futbolístico, se decidió que el nuevo gerente de la AGD sería Carlos Bravo Macías, quien ejecutó las incautaciones el 8 de julio. Incautaciones avaladas un día después por los Constituyentes imbuidos de un poder supremo, que ellos creían estaba por encima de las demás funciones del Estado, incluso la Judicial, porque decían que estaban refundando la nación. Eran los tiempos en que se necesitaba un impulso a la popularidad de Correa -caída al 48% a principios de julio 2008, según Cedatos- con un golpe de efecto, para que en consulta popular se apruebe lo que se maquinaba en Montecristi. Y de paso, captar el control de medios de comunicación con gran alcance, que terminaron convertidos en voceros de sus planes.

Menos de 24 horas después de que la Agencia de Garantía de Depósitos ejecutó la incautación más grande de bienes que se recuerde en Ecuador –por más de 600 millones de dólares- la Asamblea Constituyente de Montecristi, con mayoría del gobierno de Rafael Correa, decidió blindar este acto administrativo

Mandato 13

Artículo 1.- Ratificar la plena validez legal de la Resolución AGD-UIO-GG-2008-12 del 8 de julio de 2008, en la que se ordena la incautación de los bienes de los ex accionistas y ex administradores de Filanbanco S.A., con la finalidad de devolver el dinero al Estado y a todos los ecuatorianos que aún permanecen perjudicados por la quiebra de dicho banco.

Artículo 2.- Declarar que la Resolución AGD-UIO-GG-2008-12 de 8 de julio del 2008, expedida por el Gerente General de la Agencia de Garantía de Depósitos no es susceptible de acción de amparo constitucional u otra de carácter especial, y si de hecho se hubiere interpuesto, será inmediatamente archivada, sin que se pueda suspender o impedir el cumplimiento de la referida resolución. Los jueces o magistrados que avocaren conocimiento de cualquier clase de acción constitucional relativa a esta resolución y aquellas que se tomen para ejecutarla, implementarla o cumplirla a cabalidad, deberán inadmitirlas, bajo pena de destitución y sin perjuicio de la responsabilidad penal a la que hubiere lugar.

Artículo 3.- La AGD deberá aplicar el artículo 29 de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica, sin excepción, a todos los administradores y accionistas de bancos que cerraron sus operaciones y pasaron a control de la AGD y que se encuentran incursos en la norma referida.

Artículo 4.– Precautelar la estabilidad de los trabajadores y empleados de las empresas intervenidas por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) mediante Resolución AGD-UIO-GG-2008-12 de julio 8 de 2008

Ocho años después, esta decisión de los Constituyentes trae un nuevo dolor de cabeza al golpeado régimen de Rafael Correa, aunque este ha intentado bajar el nivel del impacto. El Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, Suiza, emitió un dictamen que resulta un salvavidas para los ex banqueros en su pretensión de recuperar el valor real de los bienes incautados. Un monto que según sus abogados puede bordear los USD 1000 millones.

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Sede de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza. De aquí salió el dictamen del Caso Isaías, que presentaron una denuncia en el 2012.

EL FALLO DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU

La demanda de los ex banqueros fue presentada en 2012 ante este Comité de la ONU, que es el órgano encargado de vigilar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Comité está integrado por 18 expertos que son propuestos por cada Estado parte y sus miembros deben ser "personas de gran integridad moral, con reconocida competencia en materia de derechos humanos". Sus integrantes ejercen sus funciones a título individual y no como representantes del Estado que presenta su candidatura.

Cuatro años después, el dictamen del Comité se dio a conocer. Primero, por parte del Canciller Jean Sebastien Guillaume Long, quien compareció ante la prensa sin aceptar preguntas, para decir que el Estado había ganado en este litigio internacional. No apareció, como podía esperarse, el Procurador General del Estado, Diego García Carrión. Pocas horas después, compareció el abogado de los hermanos Isaías, Jorge Zavala Egas, a desmentir al Canciller: el fallo no era favorable al Ecuador y los demandantes habían conseguido que el Comité de la ONU pida una reparación integral de sus derechos. Según Zavala, esto implicaba la nulidad del acto administrativo que dio lugar a las incautaciones y los bienes objeto de la medida tendrían que ser devueltos a sus antiguos propietarios. La reparación de la que habla el Comité, ascendería a USD 1000 millones, según cálculos de la defensa.

¿Qué dijo el Comité de la ONU respecto al Mandato 13 de la Asamblea Constituyente de Montecristi?

  1. El Comité de Derechos Humanos, actuando en virtud del artículo 5(4) del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, dictamina que el Estado parte violó el derecho de los autores bajo el artículo 14(1) del Pacto a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil.
  2. De conformidad con el artículo 2, párrafo 3 a), del Pacto, el Estado parte tiene la obligación de proporcionar a los autores un recurso efectivo. En cumplimiento de esta obligación el Estado debe dar plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el Pacto hayan sido violados. En consecuencia, el Estado parte debe asegurar que los procesos civiles pertinentes cumplan con las garantías en conformidad con el artículo 14(1) del Pacto y el presente dictamen.
  3. Por haber llegado a ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado parte ha reconocido la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del Pacto. Con arreglo al artículo 2 del Pacto, el Estado parte se ha comprometido a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio o estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el Pacto y a proporcionar un recurso efectivo y jurídicamente exigible cuando se compruebe una violación. Por consiguiente, el Comité pide al Estado parte que, en un plazo de 180 días, presente información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. Se pide asimismo al Estado parte que publique el dictamen del Comité y que le dé amplia difusión en el Estado parte.

La victoria que aduce el gobierno se refiere a que el Comité no se pronunció respecto al desarrollo del juicio penal que se dio en Ecuador y que derivó en una sentencia condenatoria de ocho años de reclusión, por peculado bancario. Pero respecto al Mandato 13 el Comité dictamina que "el Estado parte violó el derecho de los autores…a un debido proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil". Más adelante, establece que "el Estado debe dar plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el Pacto hayan sido violados". Sobre esto último no dijo una palabra el Canciller Guillaume.

CORREA: NO ES VINCULANTE; PROCURADOR: SÍ LO ES

Correa habló del tema varios días después. Y dijo que el dictamen "ratifica el peculado bancario", lo que no consta en ninguna parte del fallo. Reconoció que el Comité estableció "una falla en el procedimiento" de las incautaciones,  "pero eso no es cierto", según su criterio. Finalmente, interpretó que las disposiciones dadas al Estado por este organismo "no son vinculantes", es decir, no son de obligatorio cumplimiento.

Lo que piensa Correa no lo piensan ni sus ministros. Ledy Zúñiga, de Justicia, por ejemplo, ya aceptó la posibilidad de una reparación, como dispone el Comité. Para ella, dicha reparación se centra en asegurar que los procesos cumplan con garantías, "lo que podría dar paso a que el Estado preste las medidas judiciales para que se pueda impugnar alguna resolución".

El presidente Correa se apresuró en declarar que dictamen del Comité de la ONU no era vinculante. Días después, el Procurador del Estado, Diego García, lo desmintió: Ecuador acatará el fallo "que consiste en darle acceso a las vías judiciales a los hermanos Isaías para reclamar". 

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Posiciones contrapuestas entre Correa y el procurador García respecto al acatamiento del dictamen del Comité de la ONU. 

El procurador General del Estado, Diego García Carrión, reconoció que el dictamen del Comité es vinculante pero "no es una sentencia judicial que disponga indemnizarlos o reponer los bienes incautados por la Agencia de Garantía de Depósitos en el 2008".

Según el procurador lo que dispone este dictamen es "darle acceso a las vías judiciales para reclamar. Esas vías judiciales, existen". García, dejando a un lado el mandato 13, afirma que "los hermanos Isaías nunca utilizaron la vía contenciosa administrativa que estaba disponible. Lo que dice el Comité es que les demos las garantías judiciales que supuestamente les fueron negadas".

ABOGADOS: MANDATO 13 FUE "TORPEZA" Y "BABOSADA"

Aunque una de las asambleístas que firmó el Mandato 13, María Augusta Calle, ahora intenta justificar esta decisión en que los jueces no daban ninguna garantía en que darían la razón al gobierno en las incautaciones, varios abogados coinciden en que tal disposición constituyente resultó un tiro en el pie para el gobierno.

Uno de los abogados que cuestiona el Mandato 13 es el propio ejecutor de las incautaciones, Carlos Bravo Macías, para quien esta aprobación de Montecristi "era absolutamente innecesaria".

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La catedrática Daniela Salazar considera que el dictamen del Comité dispone que se otorgue el derecho a la defensa a los Isaías en una acción judicial interna.

Daniela Salazar, catedrática de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco, opina que el Comité de la ONU no resolvió, en absoluto, si los Isaías son inocentes o culpables, porque esa no es su competencia. Pero sí deja en claro que el Mandato 13 de Montecristi dejó a los ex banqueros en indefensión. "Tampoco es cierto que el Comité ha dicho que tienen que devolverle los bienes, ni es cierto que el Comité ha avalado el delito de peculado, porque no se refiere al juicio penal". Lo que la catedrática interpreta es que el Comité dispone que "se otorgue el derecho a la defensa a los Isaías en una acción judicial interna, para que sean los jueces los que en forma independiente determinen en un proceso justo si las incautaciones procedían o no".

El abogado de los hermanos Isaías, Jorge Zavala, dice que lo que procede luego del fallo, es una acción civil pero para determinar el método, "la forma de devolver los bienes incautados".

De manera similar piensa el jurista Enrique Herrería: "La Procuraduría General del Estado debe ejecutar esta decisión y aquí le están fijando un plazo de 180 días para que el Estado informe al Comité de la ONU qué medidas se están tomando para el cumplimiento y la plena reparación de los derechos vulnerados. Dentro de esto, sería deseable que se inicien conversaciones entre el Estado, representado por el Procurador y la familia Isaías para poder, de alguna manera, reducir un poco el perjuicio que va a sufrir el Estado ecuatoriano, porque a fin de cuentas lo que se tenga que devolver saldrá del bolsillo de todos los ecuatoriano".

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Enrique Herrería opina que la ley ecuatoriana establece en qué consiste la reparación plena que dispone el Comité de Derechos Humanos de la ONU. 

¿Qué ley se tiene que aplicar para la ejecución del fallo? De acuerdo a Herrería, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en su artículo 18, establece lo que es la reparación plena y dispone que las cosas regresan a su estado anterior a la violación de los derechos e impone las respectivas compensaciones, "ya sean indemnizatorias o también de reparación moral".

Para la ejecución del dictamen del Comité de la ONU, se tiene que aplicar la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, según el criterio de Enrique Herrería

¿Y qué autoridad tiene que aplicar el dictamen? Según Herrería, el Procurador General del Estado. A criterio de Daniela Salazar, es el Ministerio de Justicia el que tiene la competencia de coordinar este tipo de recomendaciones provenientes de organismos cuasijudiciales, en sus palabras, ya que no existen mecanismos coercitivos para obligar a los países a cumplirlas. "Más es un tema de vergüenza internacional, no hay sanciones concretas, no hay multas", opina Salazar.

LA REPETICIÓN CONTRA LOS AUTORES DEL MANDATO: UNA POSIBILIDAD

Si el Estado, en algún momento, tiene que reparar económicamente a los demandantes, la posibilidad de aplicar el derecho de repetición contra quienes avalaron el Mandato 13, es una posibilidad factible según Enrique Herrería.

Y es que dicho mandato ha recibido todo tipo de calificativos:  Eduardo Carmigniani, abogado guayaquileño, escribió que "el Comité no dijo si las incautaciones fueron o no legales, sino lo obvio: que la babosada llamada mandato 13 violó el derecho a impugnarlas, y que el Ecuador debe restablecerlo, garantizando un juicio imparcial, al que todos (en teoría) tenemos derecho".

El constitucionalista Rafael Oyarte dijo en periódico oficial El Telégrafo que fue "una llana y lisa torpeza porque después de 9 años le va a costar al país, cuando las cosas podían hacerse bien. No se tiene por qué violar los derechos de la gente, ni siquiera de los Isaías".

María Dolores Miño, especialista en Derechos Humanos y profesora de Derecho en la Universidad de las Américas, opinó que la decisión del Comité respecto al caso de los hermanos Isaías "ojalá sirva para romper el silencio sobre un tema que es tabú y, a la vez, secreto a voces: que los dueños de la banca quebrada y sus familias fueron víctimas de varias violaciones de derechos humanos a causa de las sanciones que se les aplicó a partir del feriado bancario. Estas personas, a pesar de la gravedad de sus acciones, son tan titulares de esos derechos como cualquier otro ciudadano y deben ser integralmente reparadas".

CASO ISAÍAS







miércoles, 16 de noviembre de 2016

Un crucero de científicos ecuatorianos recorrió las Islas Galápagos



Andrés García

No se trató de un crucero cualquiera. Sino más bien fue el primer crucero de investigación con científicos ecuatorianos que recorrieron durante 15 días gran parte de las Islas Encantadas. Así se resume el 'Viaje único por la reserva marina de Galápagos', que contó con la participación de expertos de la Universidad San Francisco de Quito (USFQ), la Dirección del Parque Nacional y la Universidad de Carolina del Norte.

Este periplo científico empezó a tomar forma en marzo del 2014, a raíz de la posibilidad que se manejaba de la inminente llegada del fenómeno de El Niño. En ese entonces se planificó un crucero de investigación que permita tener una línea base de especies emblemáticas que podrían presentar un efecto especial con este fenómeno oceanográfico en las islas. Así lo contó Carlos Ortega, de la Dirección del Parque Nacional Galápagos.

Toda la información obtenida durante la expedición, fue socializada la tarde y noche de este viernes 10 de abril con la comunidad de la Isla San Cristóbal.

Entre los datos más reveladores, destacan los presentados por Diego Páez, investigador autóctono del archipiélago y docente de la Universidad San Francisco. El experto aseguró que la población de lobos marinos, una de las especies símbolo de Galápagos, se redujo a menos de la mitad como consecuencia de los dos últimos fenómenos de El Niño.

Juan Pablo Muñoz, coordinador del Galápagos Science Center de la USFQ, expuso que durante la travesía se pudieron encontrar datos alarmantes correspondientes a la presencia de plástico y microplástico en las islas. Una evidencia más de que la contaminación ambiental también se la sufre en esta zona mega diversa.

Toda la información obtenida servirá de base para publicaciones científicas que serán publicadas en los próximos meses. Además se planea repetir el crucero a finales de este año, con el objetivo de establecer líneas de base que permitan entender la dinámica de los ecosistemas ante fenómenos oceánicos y la incidencia del cambio climático.

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Asambleísta ofrece disculpas por confundir a Charles Darwin con ‘George’ Darwin




Por: Andrés Jaramillo

La confusión se convirtió en la comidilla de redes sociales. El asambleísta de Alianza País, Carlos Viteri, escribió en su cuenta de Twitter 'George' Darwin, en lugar de Charles Darwin, cuando hacía referencia al científico creador de la teoría del origen de las especies y, al parecer, hizo una fusión con El Solitario George, el último ejemplar de tortuga gigante de las Galápagos.

Las críticas se multiplicaron rápidamente este 13 de septiembre del 2016, sobre todo porque Viteri es el presidente de la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional. Es la mesa donde se toman decisiones en materia legislativa sobre las especies, derechos de la naturaleza, conservación, medio ambiente.

Viteri, quien es antropólogo, había acudido con la comitiva de Gobierno a las Islas Galápagos la semana pasada. Ahí se hicieron varios actos, entre ellos el lanzamiento de un documental de Natgeo donde se destacó la riqueza del Archipiélago.

Fue en ese contexto que se dio la publicación en Twitter. Luego de la polvareda que levantó y los mensajes donde incluso, de forma irónica, sus críticos dijeron que había confundido a la tortuga Galápagos 'George' con el científico Charles Darwin, el asambleísta respondió por la misma vía.

"Lo correcto es Charles Darwin", dijo el legislador. "Pido me disculpen". Ahí aclaró también que hay un equipo de trabajo que está a cargo de su interacción en redes sociales.

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